Conoce en ContArte los cambios y principales aspectos del nuevo marco normativo para la gestión de la calidad de las auditorías y los encargos de aseguramiento propuestos por el IAASB.

Por Juan David Hernández, asistente de investigación técnica del INCP

En 2019, el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB, por sus siglas en inglés) publicó para comentarios tres proyectos de normas que conformarán el nuevo marco regulatorio de gestión de calidad. Se trata de las Normas Internacionales de Gestión de la Calidad 1 y 2 – NIGC I y II, que entrarían a reemplazar a la existente Norma Internacional de Control de Calidad – NICC 1; adicionalmente, se presentó también el proyecto de Norma Internacional de Auditoría 220 (Revisada), que complementa este conjunto.

Con este grupo de propuestas normativas, el IAASB busca mejorar la calidad de los encargos, abordando temas clave de interés público, referentes a la gestión de calidad en la firma de auditoría, de los encargos de auditoría y del desempeño de los encargos de revisión de la calidad.

Las revisiones propuestas al marco normativo de gestión de la calidad abordan las cuestiones de interés público más relevantes relacionadas con el control de calidad, incluidas las siguientes:

Cuestiones significativas del enfoque de gestión de calidad

  • El nuevo enfoque de estas normas propuestas pretende ser adaptable a la dimensión y la naturaleza de la firma de auditoría o de los servicios que proporciona. Este nuevo enfoque denominado gestión de calidad se centra en la manera en que cada empresa gestiona sus riesgos de calidad e incluye los principios de gestión de la calidad en los requerimientos del encargo.

  • Tanto la NICG 1 como la NIA 220 (Revisada) enfatizan esta necesidad de la firma de auditoría de considerar la naturaleza y las circunstancias de la firma y de los encargos que realiza al diseñar, implementar y operar su sistema de gestión de calidad, y la norma se enfoca en lograr los objetivos de calidad basados en resultados y gestionando la calidad en el encargo.      

  • La relación entre la gestión de la calidad de la firma y la del encargo continúa siendo la misma en esencia. La firma de auditoría es responsable de establecer su sistema de gestión de la calidad, el cual proporciona el fundamento para gestionar la calidad en el encargo, y el socio responsable del encargo es responsable de gestionar y alcanzar la calidad en el encargo. La medida en que los aspectos del sistema de gestión de la calidad de la firma de auditoría se implementan en el encargo dependerá de la naturaleza y las circunstancias de la firma de auditoría y de los encargos que realice. 
  • La comunicación continua entre la firma de auditoría, sus revisores de calidad del encargo y sus equipos del encargo es necesaria para que el sistema de gestión de la calidad de la firma funcione de manera efectiva y para respaldar el desempeño de los encargos.

Principales cambios

NICG 1

NICG 2

Esta NIGC aplica a todos los encargos por los que se requiere una revisión de calidad del encargo, realizada de conformidad con la NIGC 1 propuesta. Tiene por objetivo realizar una revisión de calidad del encargo, estableciendo las responsabilidades del revisor de la calidad del encargo, en cuanto a su realización y documentación.

Esta norma propuesta plantea los siguientes requerimientos:

NIA 220 (Revisada)

Los cambios que se proponen a este estándar están enfocados en el reconocimiento de la evolución de los modelos de auditoría, enfocándose en dos aspectos principales.

  • Por una parte, destaca el papel creciente de la tecnología en las auditorías, por lo cual los requerimientos −en cuanto a los recursos− ahora cubren más allá de los recursos humanos, cubriendo la tecnología y los recursos intelectuales involucrados en el encargo.
  • Paralelamente, abre la posibilidad de que los equipos del encargo puedan organizarse de diferentes formas, por lo cual uno puede estar en diferentes ubicaciones geográficas y no es estrictamente necesario que los participantes en el trabajo de auditoría sean contratados directamente por la firma.

La NIA 220 existente incluye los requerimientos y la guía sobre la realización de una revisión del encargo de auditoría de calidad, entre ellos los requerimientos dirigidos al revisor de la calidad del encargo. Estos requerimientos se trasladan a la NICG 2 permitiendo a la nueva NIA 220 enfocarse únicamente en las responsabilidades del socio responsable del encargo, incluyendo su relación y la de su equipo con el revisor de la calidad del encargo.