Ley de
insolvencia económica
Es cuando
una persona jurídica o natural está en cesación de
pagos, es decir, cuando incumple con el pago de las
deudas de más de dos (2) acreedores en un tiempo mayor a
90 días (Art. 538 del Código General del Proceso y Art.
9 de la Ley 1116 de 2006)
Por: Valentina Reyes, asistente de
investigación técnica del INCP |