NIA 520: Procedimientos analíticos
Conoce el contenido de esta importante norma que enseña la utilidad de los procedimientos analíticos en la obtención de evidencia y la formación de una conclusión global sobre los estados financieros, analizando las relaciones y comparando la información financiera.
Por Johana Cano, asistente de investigación del INCP
De acuerdo a la norma internacional de auditoría (NIA) 520, un procedimiento analítico es aquel que se compone de:
Evaluaciones de información financiera realizadas mediante el análisis de las relaciones plausibles entre datos financieros y no financieros. Los procedimientos analíticos también incluyen, en la medida necesaria, la investigación de las variaciones o de las relaciones identificadas que sean incongruentes con otra información relevante o que difieran de los valores esperados en un importe significativo.
Es decir, los procedimientos analíticos comprenden consideraciones de comparación y relación.
La consideración de comparación se presenta entre la información financiera y:
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La información comparable de periodos anteriores.
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Resultados previstos por la entidad.
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Información sectorial similar.
Respecto a la segunda consideración se establecen relaciones:
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Entre elementos de información financiera, de los que se espera sigan una pauta predecible.
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Entre información financiera y no financiera relevante (salarios y número de empleados).
Son diferentes los métodos empleados para aplicar procedimientos sustantivos:
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Realización de comparaciones simples.
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Ejecución de análisis complejos mediante técnicas estadísticas avanzadas.
Empleados en:
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Estados financieros consolidados.
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Elementos individuales de información.
De otro lado, el empleo de procedimientos analíticos por parte del auditor puede ir en dos sentidos. En primer lugar, la NIA 315 nos indica que puede ser utilizado como procedimiento para la valoración del riesgo y, en segundo lugar, la NIA 330 señala que este comprende requerimientos y orientación con relación a la naturaleza, momento de realización, extensión de los procedimientos de auditoría, también dice que pueden aplicarse en respuesta a los riesgos valorados, entre los cuales pueden incluirse procedimientos analíticos.
Adicionalmente, la NIA 520 expone que el auditor, a través de la utilización de procedimientos analíticos, tiene dos objetivos: la obtención de evidencia de auditoría relevante y fiable y, además, el diseño e implementación de este tipo de procedimientos que ayuden a alcanzar una conclusión global sobre si los estados financieros son congruentes con su conocimiento de la entidad; lo cual debe realizarse en una fecha cercana a la finalización de la auditoría.
Procedimientos analíticos sustantivos
Tal como lo explica la NIA 330, los procedimientos analíticos sustantivos son procedimientos de auditoría que están diseñados para detectar incorreciones materiales en las afirmaciones. Comprenden pruebas de detalle relacionadas con tipos de transacciones, saldos contables e información a revelar; estos procedimientos son más globales y sirven para ver la razonabilidad de una cifra.
El auditor, al diseñar o aplicar los procedimientos analíticos sustantivos solos o en combinación de pruebas de detalle deberá, como primera medida, establecer la idoneidad de procedimientos específicos para determinadas afirmaciones, observando los riesgos valorados y pruebas de detalle con relación a dichas afirmaciones; en segundo lugar, tendrá que evaluar los datos sobre los que basa su expectativa, tales como fuente, comparabilidad, naturaleza, relevancia; así como controles relativos; como tercera medida, es necesario que establezca una expectativa con relación a cantidades o ratios; y, por último, deberá cuantificar las diferencias entre las cantidades y valores esperados.
Si como resultado de la aplicación de los procedimientos expresados en esta NIA se revelaran variaciones o relaciones que son incongruentes con los valores esperados; el auditor deberá indagar ante la dirección y obtener evidencia respecto de las respuestas proporcionadas por esta. Además, podrá aplicar otros procedimientos según considere conveniente.
Los procedimientos a utilizar por el auditor con relación a las afirmaciones pueden ser:
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Pruebas de detalle;
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procedimientos analíticos; o
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una combinación de ambos.
La decisión sobre cuál utilizar se basará en el juicio del auditor sobre la eficacia y eficiencia de un determinado procedimiento, para disminuir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo. El auditor puede indagar ante la dirección sobre la fiabilidad y disponibilidad de la información necesaria para aplicar dichos procedimientos; y procedimientos analíticos similares anteriores.
Idoneidad de los procedimientos analíticos para determinadas afirmaciones
Los procedimientos analíticos resultan más adecuados para aplicarse a grandes volúmenes de información previsibles en el tiempo. Para la aplicación de procedimientos sustantivos planificados deben existir expectativas tanto de la existencia de relaciones entre los datos, como de que ellas se mantienen en el tiempo.
En su guía, esta norma expone diversos ejemplos de diferentes procedimientos analíticos como un modelo predictivo que aunque no sea sofisticado, puede ser eficaz proporcionando evidencia suficiente sin necesidad de recurrir a pruebas de detalle; los ratios del mercado ampliamente reconocidos que proporcionan evidencia para sustentar la razonabilidad de los importes registrados; o los diferentes procedimientos que proporcionan distintos niveles de seguridad.
Finalmente, la idoneidad dependerá, por un lado, de la naturaleza de la afirmación y, por otro, de la valoración del riesgo de incorreción material.
En conclusión, los procedimientos analíticos son procedimientos de auditoría más globales que se orientan a establecer la razonabilidad de las cifras a partir de relaciones y comparaciones. Es precisamente este aspecto de evaluación integral, y no pormenorizada, lo que le diferencia de las pruebas de detalle.